Habilitan un canal público de denuncias para agencias de viajes
El Ministerio de Turismo de Misiones pone en marcha el “botón de denuncias de acceso público para agencias de viajes”, que consiste en un método que permite denunciar las estafas de agencias ilegales y de cualquier índole, que atenten ante la seguridad de los usuarios en la provincia.
Esta herramienta se encuentra disponible en la página web institucional https://misiones.tur.ar/. En la pestaña “Información”, se debe hacer clic en la sección de “Agencias de viajes habilitadas” y se desplegará otra pestaña donde aparecerá el botón “Denunciar a una agencia”. Allí los interesados deben completar con la información solicitada para realizar su denuncia.
Es una función que se suma al registro de agencias y prestadores, servicio que también está disponible en la plataforma web, donde se pueden chequear por localidad las agencias habilitadas y alojamientos en Misiones.
Esta medida se implementa como parte de las acciones para combatir a aquellas personas que brindan viajes y paquetes turísticos de manera ilegal (infringiendo la ley N° 18829 y su decreto reglamentario), aprovechando la practicidad que ofrecen las redes sociales para actuar. Estas prácticas desleales afectan a las agencias habilitadas que cumplen con las normativas vigentes.
En este contexto, el botón de denuncias es un mecanismo virtual para efectuar reclamos o denuncias y proteger los derechos de los usuarios y turistas, fomentando la competencia leal entre las agencias, mejorando la calidad de los servicios y sirviendo como base de recopilación de datos, para promover a Misiones como destino seguro.
Este recurso está dirigido a toda persona física o jurídica, que desee poner en conocimiento o comunicar ante el Ministerio de Turismo de Misiones circunstancias que considere irregulares, respecto de agencias de viajes y turismo, habilitadas o no, en jurisdicción misionera.
Para cualquier otra consulta, se puede contactar con el área a través del mail: [email protected] o llamar al: 03764 – 444539 int. 116.