Se deshabilitaron los centros de estudiantes de las cárceles federales
El Ministerio de Seguridad Nacional anunció a través de una resolución que fue publicada en el Boletín Oficial, la inhabilitación de los centros de estudiantes dentro del Servicio Penitenciario Federal.
La autoridad que administra los establecimientos penitenciarios del país, argumentó la decisión señalando que esta dinámica afecta la principal finalidad que busca la readaptación social.
Se destacan los planes de reinserción de las personas privadas de la libertad, a la sociedad. Esta acción implica tareas obligatorias como las laborales y las vinculadas al mantenimiento de espacios comunes.
El documento sostiene que “la asistencia y permanencia de internos en los centros educativos durante toda la jornada impide que realicen las tareas obligatorias a los fines de la reinserción social, en particular, tareas laborales”. También se incluyen “aquellas actividades necesarias para el mantenimiento de los espacios propios y comunes que, a la par de resultar obligatorios para todos los internos”.
De esta manera, el Ministerio de Seguridad estableció anteriormente la obligatoriedad para todos los internos alojados en el SPF de “participar en las tareas de mantenimiento, limpieza, aseo e higiene de los espacios propios y comunes de los establecimientos penitenciarios”.
Al respecto, la Resolución 372/2025 explicó que la asistencia de reclusos a las jornadas educativas, exceden los tiempos establecidos y afectan las reglas de progresividad. Además, esa dinámica genera dificultades para el cumplimiento del tratamiento penitenciario individualizado, obligatorio por ley.
No obstante, el documento oficial firmado por la ministra, Patricia Bullrich, reconoció que la educación en contexto de encierro es un derecho garantizado por leyes nacionales y tratados internacionales con jerarquía constitucional, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Sin embargo, el Ministerio remarca que la creación de centros de estudiantes no se encuentra contemplada normativamente. “Que en este contexto normativo, la realización de actividades educativas, si bien resulta un derecho de los internos, no debe obstar al cumplimiento del tratamiento pues constituye la finalidad esencial del cumplimiento de la pena privativa de la libertad y un objetivo superior del sistema”, describen desde el organismo.
Los detenidos se encuentran organizados bajo la figura de centros de estudiantes que “invocan la representación de internos estudiantes”, y que permanecen de lunes a viernes durante toda la jornada en esos espacios, superando ampliamente el tiempo requerido para asistir a clases, bajo el pretexto de actividades estudiantiles.
De esta manera, la normativa publicada recientemente, estableció en su primer artículo, “No habilitar el funcionamiento de centros de estudiantes en el ámbito del Servicio Penitenciario Federal”.
En segundo lugar se establece: “No permitir la permanencia de personas privadas de la libertad en los centros educativos o espacios de estudio fuera del horario en que deben asistir a las clases asignadas a cada uno de los internos”.