Expresiones barriales y puntos solidarios
FECHA DE INSCRIPCIÓN
Vas a poder inscribirte al registro desde el lunes 3° de agosto al lunes 10° de agosto.
ARTÍCULO N° 3 DEL DECRETO REGLAMENTARIO
La Autoridad reconocida, con mandato vigente de la “Institución libre del pueblo” deberá cumplimentar los siguientes requisitos:
Artículo-3°:-Toda “Institución Libre del Pueblo”, quedará debidamente inscripta, al presentar la totalidad de la documentación que a continuación se detalla:
• Copia del DNI de la Autoridad reconocida y con mandato vigente de la “institución libre del pueblo” que inscribirá la Expresión Barrial y Punto Solidario, que pudiera corresponder.
• Certificado de domicilio. La denominada “institución libre del pueblo” deberá poseer domicilio dentro del distrito de Lanús.
• Certificado de Personería Jurídica o Gremial o de Reconocimiento Municipal, en cualquiera de sus formas, de la denominada “institución libre del pueblo” que declara como iniciativa la inscripción de una Expresión Barrial y Punto Solidario.
• Designación de Responsable. La autoridad de la “institución libre del pueblo”, adjuntará a la documentación, nota debidamente firmada declarando quien es la Persona responsable a cargo de la Expresión Barrial y Punto Solidario, detallando Nombre y Apellido; Nº de DNI; domicilio actual y presentará copia del Documento Nacional de Identidad de dicho responsable.
• Dirección donde funcionará la “Expresión Barrial y Punto Solidario”.
• Nómina con Nombre, Apellido, DNI y Cantidad de personas que desempeñan las tareas del servicio socio-comunitario.
• Días y horarios en que se desarrolla de la actividad declarada.
• Cantidad de personas que asisten, detallando el tipo de asistencia que reciben específicamente.
LINK DE ACCESO A LA ORDENANZA N°13042 (PDF)
Click acá: http://lanus.gob.ar/archivos/fichas/13042-expresion-barrial-y-punto-solidario.pdf
LINK DE ACCESO AL FORMULARIO DE REGISTRO
Click acá: https://forms.gle/YRJgp2anbR65Hdj5A