Eliminan registro obligatorio para viveros
El Gobierno nacional derogó la Ley N° 17.606, instaurada hace 58 años, que obligaba a los viveros a registrarse y rendir cuentas de su actividad. La medida fue oficializada mediante el Decreto Delegado 410/2025, publicado en el Boletín Oficial, y firmada por el presidente Javier Milei, el ministro de Economía Luis Caputo y el jefe de Gabinete Guillermo Francos.
La normativa anulada imponía a todos los establecimientos dedicados a la producción o venta de plantas o sus partes la obligación de inscribirse en un registro oficial y despachar las plantas acompañadas de una “Guía de sanidad para el tránsito de plantas o sus partes”, confeccionada por la Dirección General de Sanidad Vegetal de la Secretaría de Agricultura y Ganadería.
Según el Gobierno, esta ley generaba costos administrativos innecesarios para productores, comerciantes y particulares, además de imponer restricciones que afectaban tanto a productores como a comerciantes y particulares que transportaban plantas. Se consideró que la ley representaba una intervención estatal desproporcionada en un sector que puede regularse con criterios modernos de control sanitario.
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, destacó la derogación de esta ley como un ejemplo de la eliminación de regulaciones obsoletas que obstaculizaban la actividad económica.
Con esta medida, el Gobierno busca fomentar un entorno más ágil y dinámico para los viveros, permitiéndoles operar con mayor libertad y eficiencia, sin las restricciones impuestas por una normativa que ya no se ajustaba a las necesidades actuales del sector.