Créditos a tasa cero
A partir de la resolución 4707/20, AFIP crea el servicio “web” denominado “crédito a tasa cero” en el marco del “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción- ATP”. La misma reglamenta el procedimiento que deberán llevar a cabo monotributistas y autónomos que deseen acceder a un crédito a tasa cero de hasta 150 mil pesos.
Los pequeños contribuyentes y los trabajadores autónomos deberán:
- Ingresar entre los días 4 al 29 de mayo al sitio “Web” de AFIP con CUIT y Clave fiscal nivel de seguridad 2, al servicio denominado “Crédito Tasa Cero”
- El sistema le indicará los montos mínimo y máximo del crédito susceptible de ser otorgado.
- Ingresar monto del crédito
- Ingresar, en caso de poseer, el número de la tarjeta de crédito bancaria a ser utilizada para la operatoria.
- En caso de no poseer tarjeta de crédito bancaria, informar la entidad bancaria de su elección para la tramitación del crédito correspondiente.
Los fondos se acreditarán en la tarjeta de crédito en tres desembolsos sucesivos e idénticos. La devolución tendrá un período de gracia de seis meses y se podrá realizar en un mínimo de 12 y un máximo de 18 cuotas fijas y sin interés.