El Senado aprobó cambios a la ley que limitan el uso de DNU por parte del Presidente
Con una amplia mayoría, el Senado de la Nación aprobó este jueves un proyecto que introduce modificaciones sustanciales a la ley que regula los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU), con el objetivo de acotar el margen de acción del Poder Ejecutivo en el uso de esta herramienta legislativa. La iniciativa fue girada a la Cámara de Diputados para su tratamiento.
El proyecto establece nuevos mecanismos de control parlamentario y mayores exigencias para la validez de los DNU, que actualmente pueden mantenerse vigentes aún sin tratamiento legislativo. De convertirse en ley, las modificaciones significarían un cambio en el equilibrio de poderes, reforzando el rol del Congreso frente al Ejecutivo.
Cambios principales
Entre los puntos más destacados del proyecto se encuentran:
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Ratificación obligatoria por ambas cámaras: Los decretos deberán ser aprobados por mayoría absoluta en ambas cámaras dentro de un plazo de 90 días corridos desde su publicación en el Boletín Oficial. De lo contrario, perderán vigencia automáticamente.
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Rechazo parcial, anulación total: Si una de las dos cámaras rechaza un DNU, el decreto quedará automáticamente derogado, sin necesidad de que el rechazo sea replicado por la otra cámara.
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Prohibición de “decretos ómnibus”: Se exigirá que cada DNU trate un único tema específico, para evitar textos extensos con múltiples disposiciones de distintas materias.
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Imposibilidad de reiterar materia: En caso de que un DNU sea rechazado por el Congreso, el Ejecutivo no podrá dictar un nuevo decreto sobre la misma cuestión durante el mismo año parlamentario.